Entre la serie de medidas que ha presentado la DGT al Gobierno se incluye una reforma del carnet de conducir, con el que se endurecerán alfunas senciones. Esta batería de medidas busca reducir la siniestralidad en nuestras carreteras. Después de su ratificación en el Consejo de Ministros el pasado noviembre, ahora es el turno de las Cortes, quienes otorgarán la aprobación definitiva. ¡Descubre a continuación todo lo que debes saber sobre esta reforma!
Se trata de una de una reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en todo lo relacionado con el permiso de conducción por puntos. Además de agravar las sanciones en algunos de los comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción, también se pretende impulsar el mecanismo de los cursos de conducción segura como fórmula para mejorar la educación vial de los conductores, algo que se lleva tiempo pidiendo por parte de algunos colectivos.
Uno de los grandes cambios de esta reforma es la sanción por el uso de un dispositivo móvil durante la conducción. Se endurece con la retirada de seis puntos del carnet si el usuario lo está sujetando con la mano. Se mantiene con una retirada de tres puntos si se está utilizando el móvil sin tenerlo en la mano. Es la primera vez que se hará distinción entre estos dos tipos de distracción, aunque en ambos casos se mantiene una multa económica que asciende a 200 euros.
Antes se consideraba una infracción grave el uso de mecanismos de detección de radares o cinemómetros, ahora se considerará igual simplemente con llevarlos en el vehículo y conlleva una retirada de tres puntos. Hay que destacar que la nueva reforma también suprime la posibilidad de rebasar en 20 km/h el límite de velocidad en carreteras convencionales para adelantar a otros vehículos, una medida que tuvo algo de polémica.
También se eleva de tres a cuatro los puntos que serán retirados por no usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección. Los mismos cuatro puntos serán retirados si se utilizan de forma incorrecta. Además, a partir de ahora se necesitarán dos años sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos en el carnet de conducir, siempre y cuando no se haya perdido todo el saldo.
Habrá cursos de conducción segura que se compensarán con dos puntos adicionales. Los podrán hacer los que tengan saldo positivo de puntos, con una frecuencia máxima de un curso cada dos años y hasta un máximo de 15 puntos en el carnet. Por otro lado, se considerará como infracción muy grave la utilización de dispositivos de intercomunicación no autorizados en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos. Esto se sancionará con 500 euros de multa y que el aspirante no pueda volver a presentarse en un plazo de seis meses.
También mencionamos hace tiempo que los triángulos de emergencias serían sustituidos por unas señales luminosas. Se hacía con la finalidad de aumentar la seguridad al reducir el número de atropellos causados por este motivo. Finalmente se ha aprobado esta medida y las luces de emergencia V16 serán obligatorias a partir del 1 de enero 2026, teniendo una transición paulatina, pues hasta entonces podrán convivir ambos sistemas dentro de la legalidad.